José Raúl Sabbagh Mancilla (México)

In this article the author, as a therapist, presents his unconditional support to the absolute prohibition of forced treatments. He states that these types of treatment without consent are counterproductive and unsustainable. He highlights the importance of the standards that the CRPD imposes and the need to prohibit methods that annul the legal capacity of people with psychosocial disabilities.  

 

Mi nombre es José Raúl Sabbagh Mancilla, practico el acompañamiento terapéutico en México desde el año 2010. En estos años de práctica he escuchado la situación de algunos sujetos que han recibido diagnósticos como esquizofrenia, paranoia y daño neurológico.

El objetivo de este escriño no es dar una respuesta acerca la naturaleza de las causas de estas formaciones psíquicas, más bien considero que la posición de un clínico que, desde un saber absoluto y científicamente incuestionable, determina el estado general de estos sujetos, que además decide acerca de su futuro y obtura toda validez de sus decisiones, dificulta más su restablecimiento y una inclusión respetuosa a la vida en la sociedad. Estas acciones son clínicamente insostenibles y tienden a tener como consecuencia un mayor deterioro del estado de la persona.

Es por eso que, de acuerdo con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, apoyo incondicionalmente la campaña por la Prohibición Absoluta de los internamientos involuntarios y las intervenciones psiquiátricas forzadas. Es importante que, en el accidentado contexto global de defensa de los Derechos Humanos, dejemos de sostener prácticas que, disfrazadas de un tratamiento ineficaz, implican una mayor cosificación de personas que en su propio padecer se sienten ya sumamente cosificadas.

Aporte de Lucila López, Usuaria y sobreviviente de la psiquiatría en Argentina

CAMPAÑA DE APOYO A LA CDPD COMPROMISO CON LA PROHIBICIÓN ABSOLUTA DE LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD Y EL TRATAMIENTO FORZADO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD PSICOSOCIAL

 

Señores del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad:

Solicito tengan a bien dar la merecida atención a todas las voces que elevamos los actores socio-políticos que pedimos la prohibición absoluta de la privación de la libertad por motivos de discapacidad psicosocial.

Lucila López

Usuaria y sobreviviente de la psiquiatría en Argentina.

(también se puede leer en https://sodisperu.org/2016/03/22/aporte-a-la-campana-prohibicionabsoluta-por-lucila-lopez-usuaria-y-sobreviviente-de-la-psiquiatria-en-argentina/)

CAMPAÑA DE APOYO A LA CDPD ART. 14 LL-MARZO14 2016 (doc)

Intentaré exponer los motivos sobre la importancia de obtener el apoyo necesario para que la Campaign to Support CRPD Absolute Prohibition of Commitment and Forced Treatment  – Campaña de apoyo CDPD COMPROMISO CON LA ABSOLUTA PROHIBICIÓN DE LA INTERNACIÓN Y EL TRATAMIENTO FORZADO iniciada por la Dra. Tina Mikowitz resulte como positivo fortalecimiento al momento de las Observaciones Generales a favor del irrestricto cumplimiento del artículo 14 inc. y todos los artículos vinculantes.

Artículo 14

Libertad y seguridad de la persona

  1. Los Estados Partes asegurarán que las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás:

a) Disfruten del derecho a la libertad y seguridad de la persona;

b) No se vean privadas de su libertad ilegal o arbitrariamente y que cualquier privación de libertad sea de conformidad con la ley, y que la existencia de una discapacidad no justifique en ningún caso una privación de la libertad.

2. Los Estados Partes asegurarán que las personas con discapacidad que se vean privadas de su libertad en razón de un proceso tengan, en igualdad de condiciones con las demás, derecho a garantías de conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos y a ser tratadas de conformidad con los objetivos y principios de la presente Convención, incluida la realización de ajustes razonables.

“El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad reafirma que la libertad y la seguridad de la persona es uno de los derechos más preciosos a que tiene derecho. En particular, para las personas con discapacidad, y en especial las personas con discapacidad intelectual y discapacidad psicosocial tienen derecho a la libertad en conformidad con el artículo 14 de la Convención. En él se especifica el alcance del derecho a la libertad y a la seguridad de la persona en relación con las personas con discapacidad, prohíbe toda discriminación basada en la discapacidad. De este modo, el artículo 14 se relaciona directamente con el propósito de la Convención, que es garantizar el disfrute pleno e igual de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales a todas las personas con discapacidad y promover el respeto de su dignidad inherente.”[i]

__________________

Nada se puede pensar por fuera de un contexto. El tema propuesto es un tema ineludible en términos de un pensamiento con eje en los Derechos Humanos.

Escribir en Argentina sobre la necesidad de garantizar la prohibición absoluta de privar de la libertad a las personas con discapacidad en nombre de tratamientos impuestos, forzados, en contra de la propia voluntad, es escribir en un contexto en el que el respeto a los DD.HH. es ostensiblemente violado provocando actualmente una seria preocupación para el CIDH, específicamente por una presa política. En relación al tema, es significativo que Estela de Carlotto[ii] haya preguntado -¿Cómo se puede decir que está muy bien una mujer presa? Y calificó esa afirmación de la más alta autoridad del país como “una barrabasada”. El texto completo es el siguiente:

“La barrabasada[iii]que dijeron es que la habían visitado en la cárcel y que estaba muy bien. Fue violento. ¿Cómo se puede decir que está muy bien una mujer presa?

Me permito hacer un parangón y preguntar:   ¿Cómo se puede decir que está bien una persona privada de la libertad (presa) por su discapacidad?

Estoy a favor de la prohibición absoluta de la privación de la libertad involuntaria y tratamientos forzados de las personas con discapacidad psicosocial y el compromiso para con todos comienza en el ejercicio para mi propia vida de ese derecho y el Art. 14 de la CDPD me autoriza a exigir el cumplimiento de la norma jurídica.

Mis argumentos son en nombre propio a partir de mis experiencias y la observación de la experiencia de otros, articulando mi condición de usuaria y sobreviviente de la psiquiatría, mi visión como profesional dedicada a la prevención en Salud Mental y Derechos Humanos y como familiar, en tanto soy madre de un hombre que siendo niño y hasta entrada su adultez, necesitó de la protección de sus derechos incluido el derecho a la salud y el derecho a la salud mental.

Estuve privada de la libertad y en contra de mi voluntad por última vez entre el 5 de julio de 2014 y el 12 de enero de 2015. La cuarta vez en mi vida y la más extensa en tiempo.

Esa misma barrabasada “que me encontraban muy bien” la escuché de familiares y amigo/as y me mantuve en un total mutismo.

Desde el año 2011, la crisis anterior con internación contraria a mi voluntad, comencé a guardar mutismo absoluto delante de los que apoyaron esa medida y están dispuestos a apoyarla de nuevo.

¿Por qué guardar mutismo?

Por lo intolerable que resulta la alianza entre los profesionales de la salud mental y familiares y/o amigos:

  • Ignoran la CDPD.
  • No tienen en cuenta el respeto a la persona como un igual.
  • Prevalezcan sobre mi cuerpo y sobre mi psiquismo[iv] decisiones ajenas violatorias de todos
  • Los siguientes derechos enumerados en la CDPD (Ley 26.378) que es parte del cuerpo jurídico de la Constitución Nacional de Argentina.

Artículo 5º

Igualdad y no discriminación

Artículo 12

Igual reconocimiento como persona ante la ley[v]       

Artículo 14

Libertad y seguridad de la persona

Artículo 15

Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

Artículo 17

Protección de la integridad personal

Artículo 18

Libertad de desplazamiento y nacionalidad

Artículo 19

Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad

Artículo 22

Respeto de la privacidad

Artículo 23

Respeto del hogar y de la familia

1.C) Las personas con discapacidad, incluidos los niños y las niñas, mantengan su fertilidad, en igualdad de condiciones con las demás.

Artículo 24

Educación

Artículo 25

Salud

Artículo 27

Trabajo y empleo

Artículo 28

Nivel de vida adecuado y protección social

Enumerados todos los derechos vinculantes que se violan a partir de la falta de respeto al art. 14, argumentaré los motivos por los que pido la PROHIBICIÓN ABSOLUTA DE LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD INVOLUNTARIA.

En Argentina, exigir la prohibición absoluta de la libertad involuntaria por motivos de discapacidad psicosocial encuentra un horizonte de futuro posible con la prohibición establecida por la LNSM –Ley 26.657 – de la creación de nuevos manicomios públicos y privados en todo el territorio de la Nación y el cierre definitivo de todos para el año 2020.

La privación forzada de la libertad, -o internación involuntaria- o no por motivos de discapacidad psicosocial es claramente una acción discriminatoria, de acuerdo a la legislación argentina y el marco jurídico internacional:

“La discriminación es el acto de agrupar a los seres humanos según algún criterio que lleva a una forma de relacionarse socialmente. Concretamente, suele ser usado para hacer diferenciaciones que atentan contra la igualdad, ya que implica un posicionamiento jerarquizado entre grupos sociales 1, es decir, cuando se erige un grupo con más legitimidad o poder que el resto.

En el año 1988, se sancionó la Ley Nº 23.592 sobre Actos Discriminatorios que en su Artículo 1º reconoce como discriminación cualquier impedimento o restricción del pleno ejercicio “sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional […] por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos”. Asimismo, el documento titulado “Hacia un Plan Nacional contra la Discriminación”, aprobado por Decreto Nº 1086/2005.Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo. (INADI ¿Qué es la discriminación?).-

 

La privación de la libertad involuntaria a partir de la  CDPD se constituye en un acto de violación de DD.HH.y el Estado se debe responsabilizar de ello[vi] pues  aún cuando en Argentina ha ratificado la CDPD y le ha dado status constitucional:

La Ley Nacional de Salud Mental Ley 26.657- que es considerada una Ley de Salud Mental modelo por todos los avances dirigidos hacia el nuevo paradigma social y del respeto de los DD.HH. de las personas con discapacidad, incurre en la violación del artículo 14 considerando que:

La LNSM En el Capítulo VII, Art. 20) contempla de la internación involuntaria:Ley 26.657 ARTICULO 20. — La internación involuntaria de una persona debe concebirse como recurso terapéutico excepcional en caso de que no sean posibles los abordajes ambulatorios, y sólo podrá realizarse cuando a criterio del equipo de salud mediare situación de riesgo cierto e inminente para sí o para terceros. Para que proceda la internación involuntaria, además de los requisitos comunes a toda internación, debe hacerse constar… “

Acá encontramos un argumento a favor de la internación involuntaria contraria a la letra de la CDPD y su art. 14.-

La idea que prevalece en este artículo de la LNSM es la del paradigma del MMH., encuentra gran receptividad tanto en los profesionales de la salud como así también de familiares. Desde la implementación de la LNSM no se cumple con el art. 14 de la CDPD pero tampoco se cumple con lo que estipula la LNSM en el Art. 20, pues la concepción de recurso terapéutico excepcional se convierte en letra muerta de la ley y es una mera formulación administrativa o de buenas intenciones si se pueden llamar así a los argumentos esgrimidos para privar de la libertad en forma involuntaria.

Este acto discriminatorio y violatorio de DD.HH. goza de un consenso intelectual que supone el encierro de las PcD como “un corte, una instancia de reordenamiento subjetivo”.

El “corte subjetivo” se produce en la PcD en el momento que se denomina crisis y no necesita de ser privada de la libertad. Se puede “volver a la vida plena” en la vida plena de poder padecer un “corte” de “conexión con la realidad” si se brindan todos los apoyos y ajustes necesarios para tornar viable la vida en la comunidad.

No podemos ser discriminados por ser personas con discapacidad psicosocial y considerar terapéutico el encierro y el aislamiento que es una práctica iatrogénica al igual que la medicación forzada.

Vuelvo sobre la necesidad de contextuar el texto.

En Argentina hay una gran resistencia de parte de los profesionales de la salud mental a mencionar el tema discapacidad ligado al tema de las problemáticas de la salud mental.

En este presente inmediato, hablar de Derechos Humanos en Argentina articulados con la Salud Mental o con cualquier otro aspecto de la vida de las personas en general es un tema que pone en cierto peligro a quien se anima a denunciar.

Mi opinión al respecto después de muchos años de indagar el tema es que los profesionales de la salud mental junto a una gran parte de la población no aceptan que las PcD psicosocial somos personas con el reconocimiento de la dignidad y el valor inherentes y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana.

No aceptan la condición de sujeto de derecho en igualdad de condiciones que invoca la CDPD y esto es especialmente notorio al observar que en Argentina, la LNSM Nro. 26.657, es despreciada e incumplida por la corporación médico-psiquiátrica quienes consideran que debe ser derogada porque entre algunos de sus acertados artículos se promueve la interdisciplinariedad, el cierre de la totalidad de los manicomios públicos y privados en todo el territorio nacional y también promueve las internaciones en hospitales generales (considerando el respeto a quien desee ser internado de forma voluntaria).-

El primer obstáculo para hacer notar que el art. 20 de la LNSM 26.657 viola el Art. 14 de la CDPD es que los profesionales de la salud y de la salud mental, los trabajadores sociales y un amplio espectro de la justicia y una enorme masa de la población en general no están dispuestos a respetar los DD.HH. de las PcD psicosocial y que las lógicas manicomiales prevalecen en el imaginario social sobre los avances y cambios que en la materia se vienen discutiendo a nivel mundial.

La mayoría de las internaciones que se realizan son involuntarias y en general no se cumplen los pasos que la LNSM dispone para estos casos. Una ingeniería perversa de mecanismos burocráticos actúa evitando que la información llegue a la justicia en tiempo y forma, haciendo permanecer a una persona hasta por cuatro meses internada sin haber ejercido ni el consentimiento informando sobre el tratamiento que le administran arbitrariamente ni tuvo acceso a un abogado defensor como lo estipula la LNSM.

Es de mi particular interés las internaciones involuntarias de niños/as-adolescentes y jóvenes por motivos vinculados al consumo problemático de sustancias psicotrópicas en instituciones aberrantes con la anuencia de sus familias y también, en el otro extremo del arco, a las personas mayores y la naturalización de su institucionalización en lugares llamados geriátricos, residencias u hogares que también, con un proceder perverso, ocultan las problemáticas de discapacidad mental más propias de la ancianidad, del deterioro cognitivo que puede aparecer con el avance de la edad y otras formas de discapacidad mental que no son atendidas en su particular singularidad y sí son privadas de la libertad casi siempre sin su propio consentimiento.

Entonces sufren internaciones involuntarias y así se violan los DD.HH. de:

Niñas, niños, adolescentes mujeres y hombres, jóvenes, adulta/os y ancianas/os declarados o no personas con discapacidad mental por razones vinculadas a problemáticas de la salud mental.

En todos estos casos prevalece el concepto discriminatorio que no tenemos igual reconocimiento como persona ante la ley.

Partiendo de esta premisa comenzaré a exponer de qué manera la internación, la privación de la libertad involuntaria es una verdadera violación de DD.HH. que comete el Estado atropellando derechos y aumentando la discapacidad y propiciando el empobrecimiento de las personas afectadas en sus intereses económicos, sociales y culturales.

La internación involuntaria es iatrogénica:

  • en lugar de un resultado positivo para la salud, la privación de la libertad junto a tratamientos con drogas psiquiátricas forzados generan enfermedades, atenta contra la salud psíquica y física de la persona y la despoja del ejercicio de un sinfín de derechos aún cuando no se haya restringido su capacidad jurídica y esto también en internaciones –involuntarias o no- a corto plazo.

La realidad de una gran mayoría es que su capacidad jurídica está restringida.

En Argentina actualmente hay más de 20.000 personas privadas de la libertad en manicomios públicos y privados, según datos poco fidedignos, en su mayoría hombres entre 20 y 40 años que en su mayoría llevan un promedio de 15 a 20 años de privación de la libertad. De esa mayoría un número elevado entró en el circuito de las internaciones por consumo problemático de sustancias psicotrópicas siendo el alcohol la que encabeza el listado de ellas, que no es una droga ilegal.

Es muy llamativo que los datos oficiales oculten las cifras que puedan informar la cantidad de niñas y mujeres privadas de la libertad de manera involuntaria que hay en el país y me animo a decir que debe ser significativamente superior a la cantidad de hombres privados de la libertad.

En todos o en casi todos esos casos, ya sea en el ámbito público como en el privado la violación al art. 14 de la CDPD conlleva la violación de todos los otros artículos de la CDPD enumerados anteriormente.

La libertad y la seguridad de la persona son avasalladas y entonces su integridad en el más amplio concepto de la palabra también.

Hay una gran parte de la población privada de la libertad por motivos de discapacidad psicosocial que desconocen su verdadera identidad. Están desprovistas de documentos de identidad. No tienen contacto con familiares desde hace años y han sido separados de su comunidad.

Muchos, con estudios iniciados, han perdido el derecho a continuarlos, otros directamente no acceden porque comienzan el derrotero de las internaciones psiquiátricas durante la infancia. Conocí en el manicomio a un hombre mayor de cincuenta años que estaba internado desde los cinco años, desde su primera infancia… y allí murió.

Las instituciones psiquiátricas tienden a incurrir en una doble violación al Derecho a la Salud, en tanto:

  1. La privación de la libertad involuntaria o no, es iatrogénica.
  2. La PcD psicosocial internada en instituciones psiquiátricas suele carecer de verdadera atención médica en otros aspectos que su salud requiera: la aparición de síntomas de un quebrantamiento de la salud física suele ser ignorado, “interpretado” como síntoma o manipulación de la PcD desde el discurso médico-psiquiátrico y también, se le niega el acceso a profesionales de otras especialidades. Ejemplo: la asistencia de un otorrinolaringólogo… “porque es incómodo el traslado a un servicio especializado” y la persona debe aceptar y tolerar no ser atendida. Esta triste realidad trae aparejado resultados muy graves: muertes por enfermedades tratables tanto en la población femenina como en la masculina. También se les niega el acceso a los tratamientos indicados por médicos especialistas en el caso que tengan acceso a una consulta.

Todo esto está reñido con el principio básico del ser en igualdad de condiciones.

La vida privada de la libertad “no es vida”.

La privación de la libertad acompañada por el tratamiento forzada con drogas psiquiátricas provoca una especie de muerte psíquica.

Los acontecimientos de la vida cotidiana bajo los efectos de la medicación psiquiátrica –forzada o no, dentro y fuera de la internación- se perciben como si se mirara a través de un vidrio esmerilado, la voz de los otros llega a uno con un efecto retardado, y nuestros pensamientos también resultan lentos bajo los efectos de las drogas psiquiátricas. El contacto con el otro, con el afuera, está “mediado” por una cortina invisible que ralentiza los movimientos por el cuerpo rigidizado y los sentidos aletargados.

Así, el otro, cualquiera que sea, nos percibe “raros” “distintos” y los médicos aseveran que es el “devenir propio de la enfermedad diagnosticada” negando de cuajo que ese estado es el efecto de la privación de la libertad y del tratamiento químico forzado.

Con la privación de la libertad involuntaria, suele aparecer un estado de apatía profundo, un gran desinterés por todo… en mi experiencia esta apatía y el desinterés –incluso de hablar y permanecer en un mutismo absoluto- lo produce la imposibilidad de comprender que para el círculo de personas de mi afecto, esa situación fuera considerada buena, que dijeran que me “encontraban mejor”… si realmente esa es la mirada que tienen mis afectos cercanos, sean familiares o amigos, debo decir que no tienen registro alguno de las vivencias ciertas de humillación y maltrato que se viven en una internación.

Hay personas que estando internadas involuntariamente, hacen abandono de su aspecto físico y de su higiene. También eso es leído como un aspecto de “su enfermedad”… no se lee como un efecto iatrogénico de la privación de la libertad.

Los cambios a los que el cuerpo se ve sometido, desde el notorio aumento de peso con la pérdida de las formas propias del cuerpo y además, la falta de agilidad que provoca la medicación que rigidiza los músculos y el estado de “desconexión” que las mismas producen – y se aumenta notablemente con la privación de la libertad-, son otros aspectos que la persona padece, que pueden resultar motivo de vergüenza o mayor disminución de la estima.

La persona privada de la libertad, en un manicomio, tiene que poder evaluar estrategias de supervivencia y muchas veces, las elecciones son “el mal menor” y no lo que corresponde ni es justo ni a lo que se tiene derecho aún cuando se sea plenamente consciente de que se tiene derecho.

Cabe aclarar que una gran mayoría de la población internada desconoce todos sus derechos y además, cree que no los tiene. En las PcD psicosocial institucionalizadas durante muchos años en forma permanente o intermitente, se notan conductas propias de las personas sometidas a gran sometimiento y la faceta que muestran con claridad es la idea de “no tener derechos”

Así es muy poco probable que ellos luchen por una forma de vida independiente, el derecho a ser incluid en la comunidad en igualdad de condiciones porque se perciben así mismos como “personas enfermas”

Es común escuchar a adolescentes afectados a tratamientos -involuntarios o no- por consumo excesivo de drogas psicotrópicas, y en especial alcohol, decir “no tengo derecho a nada porque he consumido drogas y ese discurso es avalado por los responsables de su rehabilitación y tratamiento y en cierta medida y en muchas oportunidades también ese concepto es sostenido por familiares, se suma a esto que los profesionales de la salud mental encuentran dificultades para aceptar que los problemas derivados del consumo excesivo de drogas legales o ilegales es un tema que debe ser abordado dentro del ámbito de la salud… y son enviados a lugares de encierro con un régimen propio y diría “sin ley” donde prevalece la ley del más fuerte que suele ser en general “un adicto recuperado” que impone tratos degradantes.

Así, son salvajemente humillados y denigrados, abusados sexualmente y de otras formas niñas/niños y adolescentes sometidos a trabajo solamente comparables a la tortura y la esclavitud en el marco de internaciones forzadas o no.

En relación a esta problemática de la salud mental el entramado es de una gran complejidad y la violación de DD.HH. es indescriptible.

Nadie que está privado de la libertad tiene la posibilidad de decidir un lugar de residencia por fuera del manicomio que le ha tocado en desgracia y en virtud de su status social o el de su familia…

La mayor cantidad de personas privadas de la libertad de modo involuntario lo son por problemas sociales y al mismo tiempo:

La mayor parte de las problemáticas llamadas “enfermedades mentales” provienen de problemas sociales no atendidos debidamente por el Estado y afectan de manera altamente significativa a la población de menos recursos.

Poblaciones importantes en las que, de generación en generación, han transcurrido sus vidas en situaciones de extrema pobreza sin conocimiento de los Derechos Humanos que los asisten si tienen la desgracia de “caer en el manicomio, no tienen salida”. Se patologiza la pobreza!!! Hay un perverso discurso que “dice que la persona no ha sido capaz de tener ingresos adecuados para su sustento y/o el de su familia y garantizar vivienda, educación y salud”.

Esa supuesta enfermedad de una persona: ¿cómo se llama cuándo el sistema de salud mental con la privación de la libertad –involuntaria o no- des-ancla a la persona de su vida, de sus bienes, de sus ingresos económicos, de su universidad o de su escuela de estudios primarios y así, la deja en un vacío de derechos y sobre eso la re-diagnostica?

No hay mayor factor discapacitante que la pobreza, el hambre, la falta de techo y de educación. Y eso puede ser un punto de partida o de llegada para una persona con discapacidad social.

También muchas personas que caen abruptamente en la pobreza como consecuencia de las crisis económicas que se conocen como “respuestas al humor de los mercados”, es decir: las crisis económicas resultado de propuestas políticas neoliberales y del salvaje capitalismo, arrojan a la “locura” y al intento de suicidio –cuando no a la muerte misma- a muchas personas que mantuvieron durante gran parte de su vida un status de vida acorde a los derechos propios de una persona trabajadora con derecho al trabajo, la salud y la vivienda como derechos básicos inalienables y esas personas, recalan en los manicomios con un diagnóstico de enfermos psiquiátricos pero en sus Historias Clínicas no constan las condiciones de existencia al momento de la internación ni sus antecedentes culturales, laborales, familiares y sociales, ni nada, absolutamente nada de su vida antes de haber sido calificado como enfermo/a psiquiátrico/a.

Con horror observo que la familia reproduce el sistema de pensamiento manicomial.

La misma familia termina violando el derecho al hogar y la familia.

Poco a poco se aleja hasta dejar en el abandono a la persona.

Se la priva de la familia, de los hijos y de los nietos.

La familia se aleja porque es estigmatizada y además no recibe psico-educación alguna para albergar al familiar que sufre y contribuir a su inserción en la comunidad. Todo lo contrario, siempre se acentúa el hecho que la persona está enferma, que su enfermedad es incurable y que con el tiempo estará cada vez peor.

Eso es verdad cuando a una persona la privan de la libertad, en forma involuntaria o no, porque todo lo que le va pasando no es consecuencia de su padecimiento espiritual, emocional o psíquico… es consecuencia del asilamiento tras los muros agudizado por la “droga- dependencia- inducida” y por la soledad impuesta, que llega a sus grados de tortura más elevado en las celdas de aislamiento o con la sujeción mecánica en los casos que la persona presente algún tipo de excitación motriz que bien pudo ser ocasionada por un ”medicamento” o por falta de una caricia… por un miedo extremo o por una profunda angustia que nadie parece dispuesto a aliviar con un acompañar en un cuerpo a cuerpo hasta que el terror disminuya.

¿Dónde están escritas las bases del encierro involuntario como forma de cura?

En la decisión de privar de la libertad a una persona con discapacidad psicosocial de manera forzada hay un pensamiento, hay una lógica “a priori” que dispone que esa persona “no tiene cura en su enfermedad” y es una persona gravosa para la comunidad a la que se atribuyen todo tipos de males para sí mismo y o para terceros y que merecen la condena del encierro. Esto subyace en el pensamiento de quienes ejercen autoridad sobre la PcD psicosocial y le restringen la vida y la sumen en una vida en su mínima expresión, carente de sueños y anhelos, de amor y de libertad.

En Argentina los manicomios en su mayoría cuentan con “dispositivos de inserción laboral” a los cuales las personas privadas de la libertad son “invitados” a participar. Esa invitación y la aceptación o no, lleva a aumentar la cantidad de etiquetas que una persona puede ir sumando en el encierro de acuerdo a lo que se llama la falta o no de “adherencia al tratamiento”. Si la persona acepta trabajar en un emprendimiento de inserción laboral intra-hospitalario, recibirá un peculio[vii]… una míseros centavos por su trabajo y si no acepta, se le calificará como a una persona “institucionalizada que no tiene voluntad ni interés en el trabajo” y con pocas posibilidades de su inserción en la comunidad.

Las personas que estando internadas nos preocupamos por nuestra situación laboral somos desmotivadas y se nos promueve un pensamiento basado en la imposibilidad de continuar con tareas “normales” y el “beneficio” de acceder a “pensiones por discapacidad”.

Sostener delante de un psiquiatra la firme decisión de continuar trabajando en el mercado de trabajo como un ciudadano más, es descalificado en sus palabras, se es tratado como una persona que niega su “incapacidad” y lo usual es que el médico psiquiatra desconozca absolutamente todo lo referido a esa persona: sus estudios, su historia laboral y su estándar de vida si se trata de un manicomio púbico y en uno privado, si la persona en situación de encierro tiene un estar en el mundo alivianado de preocupaciones económicas porque posee dinero suficiente… no es menos descalificado… solo que esa persona puede llegar a tener más posibilidades de una vida autónoma si es que los familiares no lo inhabilitan restringiendo su capacidad jurídica para hacer ellos, usufructo de los bienes económicos de la persona con discapacidad.

Ninguna persona que tenga como único sustento en Argentina una pensión por discapacidad puede acceder a una canasta básica de alimentos, ni a la vivienda ni a la salud, no puede tener una vida independiente y autónoma ni puede vivir con libertad en la comunidad porque sus ingresos económicos, que son considerados “un beneficio” social, no le permiten tener ninguna autonomía económica.

No existe un nivel de vida adecuado ni protección social verdadera.

Vuelvo sobre el rechazo en Argentina de parte de los profesionales de la salud por la noción de discapacidad de la “persona con padecimiento mental” en cualquiera de sus manifestaciones.

La discapacidad es una concepción que pone en cuestión a la tan preciada, tanto como despreciada “enfermedad mental” corriendo el eje de la enfermedad individual al eje de las barreras sociales que obstaculizan la libertad individual, lo que se da en llamar el cambio de paradigma.

Los aún hoy promotores de las lógicas manicomiales encuentran en la concepción de la discapacidad una herramienta que otorga derecho a quienes ellos le quieren negar -ya no los derechos- si no la vida misma condenándoles al encierro y al estado de ser muertos vivientes, verdaderos zombis que deambulan entre los muros sin más pregunta que si la inmunda comida llegó a la mesa o no… si alguien se acordó de su existencia y llegó de visita o no…

A las mujeres privadas de la libertad se les puede llegar a producir la esterilidad quirúrgica…de modo involuntario… como se las puede prostituir… o abusar sexualmente de ellas y provocarle embarazos no deseados y hasta obligarlas a abortos o someterlas al robo de sus hijos…

Ingresar al manicomio es ingresar a la mismísima anomia[viii]: no se tuvo vida, la vida comienza y termina en los muros del manicomio.

La falta de ley a la que la palabra anomia refiere es lo que hace del manicomio un territorio que es tierra de nadie… y feudo de unos cuántos a la vez… en ese feudo la crueldad es ejercida con menos sutileza a medida que el ejecutor se aleja de la jerarquía del psiquiatra… y llega al personal de limpieza…

La degradación del concepto de ser humano y ser humano en igualdad de condiciones se traduce en el concepto de enfermo mental que es legislado por una concepción que se rige por un supuesto científico que designa la normalidad de las personas…

¿Quién puede decir yo soy normal, usted es normal y usted no sin sonrojarse?

Solamente alguien enceguecido de soberbia, solamente un ser que tanto teme a la locura, es capaz de pensar que es posible encerrarla tras los muros sin cometer violación de DD.HH.

La anomia en este caso es el estado provocado por un conjunto de personas que han degradado del juramento hipocrático y de otras que ejercen la violación de Derechos Humanos.

Para los que imponen esa legislación –paradójicamente carente de ley- para los que degradan con sus conceptos la condición humana al extremo de la privación involuntaria de la libertad, de tratamientos forzados, de humillaciones, torturas y tratos degradantes… para ellos la concepción de la diversidad funcional no existe y sin embargo, los involucra en tanto seres humanos- lo peor que les puede pasar es probar su propia medicina.

Puedo escribir miles de palabras más para tratar de transmitir la tortura que significa ser privada de la libertad – forma involuntaria o no- y de las graves consecuencias en mi salud y la observada en la salud de otros, como yo, obligados a la ingesta de drogas psiquiátricas en contra de nuestra voluntad.

Sin embargo, los profesionales de la salud mental con compendios de siglas alfanuméricas que definen conductas como los son los DSM y el CIE viven tan pagados de sus saberes y tan pagados por la industria farmacéutica y por los circuitos económicos que se destinan al sistema de salud,

  • son incapaces de recapacitar sobre sus prácticas, sobre su negación del paradigma de la discapacidad y ni pensar que puedan asomar su inteligencia al mundo de la diversidad funcional,
  • ni pueden comprender un mundo en evolución a velocidades nunca vividas en direcciones impensables hace menos de un cuarto de siglo, que desborda de nuevas problemáticas sociales donde todo parece desquiciado[ix] y estallado -y no necesariamente enfermo- sino nuevo y desconocido.

Como nuevo y desconocido hasta hace poco en Argentina es que nosotros, las PcD psicosocial, tenemos derechos y somos sujetos de derechos, pedimos trato en pie de igualdad y nos negamos a la internación involuntaria y al tratamiento forzado.

Hay una palabra en psicología muy interesante: constructo.

No voy a definir con exactitud el término, voy a explicar que constructo viene a designar esos aspectos que se saben que existen pero son difíciles de probar, de definir o controvertidos al momento de querer hacerlos “objetivables”.

Son constructos la inteligencia, la personalidad y la creatividad.

Me pregunto en qué lugar del cerebro está el recuerdo del olor dulce de mi abuela paterna… y de la voz de mi madre… dónde se guardan las canciones de cuna con las que he mecido el sueño de mis niños… dónde en el cerebro está el registro del primer diente, de la primera risa, de la primera travesura de mis hijos…en qué célula está el clima que rodeaba la escena que recuerdo de mi padre lustrando mis zapatos para ir a la escuela… dónde viven en mí los cuentos de hadas y brujas, el encanto del otoño teñido con el recuerdo del primer beso… donde se localizan los recuerdos de los compañeros desaparecidos, cómo perduran sus voces a pesar de los años… dónde se almacena todo lo aprendido y dónde permanece lo desaprendido, donde se produce y se reproduce la capacidad de amar cuando se ha sido vejada… cómo y donde están objetivados en mi cerebro lo que me permite pensar en colores para pintar, danzar, reír y llorar… olvidar y recordar…

Me pregunto de qué otra manera se puede privar de la libertad en forma involuntaria si no es a la fuerza y si no es desconociendo los derechos que nos atañen.

Esa fuerza tan bien descrita por Antonin Artaud en su CARTA A LOS DIRECTORES DE LOS ASILOS DE LOS LOCOS. “……………………………………………………….No nos sorprende ver hasta qué punto ustedes están por debajo de una tarea para la que sólo hay muy pocos predestinados. Pero nos rebelamos contra el derecho concedido a ciertos hombres – incapacitados o no – de dar por terminadas sus investigaciones en el campo del espíritu con un veredicto de encarcelamiento perpetuo……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….. ¡Y qué encarcelamiento! Se sabe – nunca se sabrá lo suficiente – que los asilos, lejos de ser “asilos”, son cárceles horrendas donde los recluidos proveen mano de obra gratuita y cómoda, y donde la brutalidad es norma. Y ustedes toleran todo esto. El hospicio de alienados, bajo el amparo de la ciencia y de la justicia, es comparable a los cuarteles, a las cárceles, a los penales…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….Esperamos que mañana por la mañana, a la hora de la visita médica, recuerden esto, cuando traten de conversar sin léxico con esos hombres sobre los cuales – reconózcanlo – sólo tienen la superioridad que da la fuerza.[x]

Lucila López

Usuaria y Sobreviviente de la Psiquiatría                                                                                           Psicóloga Social                                                                                                                                                                                            Psicodramatista                                                                                                                                       Analista Institucional                                                                                                                             Agente Comunitaria en Prevención de adicciones.

Miembro de WNUSP

Miembro de INWWD 

 

C.A.B.A

ARGENTINA

______________________________________________

Escrito por Lucila López en apoyo a la CAMPAÑA POR LA PROHIBICIÓN ABSOLUTA DE LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD Y EL TRATAMIENTO FORZADO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD PSICOSOCIAL, POR EL CUMPLIMIENTO IRRESTRICTO DEL ART. 14.- Buenos Aires, Argentina, Marzo 14, 2016

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[i] Committee on the Rights of Persons with Disabilities /Guidelines on article 14 of the Convention on the Rights of Persons with DisabilitiesThe right to liberty and security of persons with disabilities/

Adopted during the Committee’s 14th session, held in September 2015

[ii] Estela de Carlotto, Presidenta a Abuelas de Plaza de Mayo uno de los organismos más importantes de Derechos Humanos de la Argentina.

[iii] *) Barrabasada: 2. Hecho equivocado que origina un gran destrozo o perjuicio. (evil thing) RAE

[iv] Y la de todos los privados de la libertad por motivos de discapacidad psicosocial.

[v] Ley NSM viola el art. 12 al decir: “Se presume la capacidad jurídica”… En la CDPD el art. 12 especifica “igual reconocimiento ante la ley”…

 

[vi] Se hace indispensable el resarcimiento económico.

[vii] *) Para el libre ejercicio del artículo 19, el respeto absoluto del art. 27 – Trabajo y empleo es una condición inalienable y elemental.

Me voy a detener a explicar en el significado de peculio porque es gravísimo que haya muchas PcD psicosocial y con otras discapacidades también, que trabajen con carácter obligatorio y sean pagadas con un peculio porque eso es rayano a un sistema de esclavitud.  El Derecho al Trabajo y al Empleo se viola de manera flagrante y es una vergüenza.

Peculio.- Significado – etimología- definiciones. Del lat. peculium.

  1. m. Dinero y bienes propios de una persona.
  2. m. Hacienda o caudal que el padre o señor permitía al hijo o siervo para su uso y comercio.

La palabra peculio proviene en su etimología del latín “peculium” que a su vez deriva de “pecus” que significa ganado, ya que esa era la medida que se aplicaba para valorar los bienes, cuando no existía la moneda. Los peculios eran porciones pequeñas de bie

nes, que se separaban en el antiguo Derecho Romano, del patrimonio familiar, que pertenecía en su integridad y en propiedad al pater, jefe de la unidad político religiosa en qué consistía la familia, y varón de mayor edad dentro de ella. Destina una pequeña porción a hijo y esclavos. También relacionado con el ámbito carcelario.

Hasta hace pocos días el peculio era de $150.- mensuales, equivalentes a  u$s 0,34 diarios.

Actualmente el peculio es $300.- mensuales equivalente a u$s 20,34 = u$s 0,68 diarios.

Los talleres protegidos para personas con discapacidad están naturalizados y solamente en la Provincia de Buenos Aires, hay 4.500 personas con discapacidad que trabajan en más 173 talleres protegidos.  En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires un importante taller protegido, las personas con discapacidad psicosocial  hacen  los muebles para la administración pública y hospitales de la ciudad.

El actual valor del peculio en la Provincia de Buenos Aires fue anunciado hace pocos días por el Ministro de Desarrollos Social quien dijo: “van a recibir 300 pesos por mes como parte del peculio, en lugar de los 150 que cobran actualmente, que van a servir no solo para ayudar a ellos sino también a sus familias”. Asimismo informó que los operarios recibirán una tarjeta para la compra de productos alimenticios por un monto de 100 pesos mensuales. (equivalente a u$s 0,21 diarios ¡para alimentos! ¿Y consideran que deben ayudar a la familia!

Al día 14 de enero de 2016 se les adeudaba el pago desde septiembre de 2015.

[viii] Anomia: del gr. ἀνομία anomía.1. f. Ausencia de ley. 2. f. Psicol. y Sociol. Conjunto de situaciones que derivan de la carencia de normas sociales o de su degradación RAE

[ix] Desquiciar

  1. tr. Desencajar o sacar de quicio algo. Desquiciar una puerta, una ventana.U. t. c. prnl. U. t. en sent. fig.
  2. tr. Descomponer algo quitándole la firmeza con que se mantenía. U. t. c. prnl.
  3. tr. Trastornar, descomponer o exasperar a alguien. U. t. c. prnl.
  4. tr. p. us. Hacer perder a alguien la privanza, o la amistad o valimiento con otrapersona. RAE

[x] http://lalibertaddeotrodecir.blogspot.com.ar/2016/03/carta-los-directores-de-los-asilos-de.html

 

 

 

 

 

Aporte de Asociación Azul

http://www.asociacionazul.org.ar/novedad/campana-de-apoyo-a-la-prohibicion-absoluta-de-la-cdpd-de-los-tratamientos-forzosos-y-los-internamientos-involuntarios-9/

Campaña de Apoyo a la Prohibición Absoluta de la CDPD de los Tratamientos Forzosos y los Internamientos Involuntarios.
Por  Asociación Azul, por la vida independiente de las personas con discapacidad, Argentina
La comprensión completa y visceral de que todo aquello rotulado como “discapacidad” (o términos relacionados) es parte de las incontables diferencias entre los miembros de una población, que de ningún modo altera y menos pone en duda la pertenencia a la misma, solo será posible cuando el sistema de creencias y esquema de valores de la sociedad den una vuelta de campana sobre sí mismos.
Esa vuelta de campana es necesaria, y será revitalizadora. Contribuirá a mejorar la situación de muchísimas personas, no solo de las que tienen discapacidad, y de la sociedad en su conjunto. Contribuirá a mejorar el mundo, oikos, la casa del hombre.
Por ese cambio arrasador luchan hoy las personas con discapacidad en todo el mundo. En esta Campaña en particular, creo que se lucha por cambiar las percepciones del resto de una sociedad que, atrincherada detrás de la voz de “los que saben”,  condena a algunos de sus miembros a la tortura, el aislamiento, el terror, el sufrimiento, por “buenas razones”.
La Convención es como la rama de un árbol, fuerte y flexible, que nos permite rasgar las bases y telones de este sistema: hablan los protagonistas y dicen tortura, sufrimiento, encierro, dolor, muerte adelantada.
Es necesario asegurar que siga la lucha, apoyada por las señales de quienes deben resguardar la Convención, para que los Estados garanticen urgente y decisivamente un sistema respetuoso de la libertad de todas las personas con los apoyos para sostener esa libertad en sus comunidades. Las personas de las que trata esta Campaña son personas que quieren ser libres y disfrutar de los mismos derechos que los demás en su comunidad. Y la comunidad necesita dejar de tener miedo, para servir mejor a todos sus habitantes y disfrutar de las contribuciones de todas las personas.

Le témoignage d’Agnès: traitements dégradants, traitements forcés en France.

http://depsychiatriser.blogspot.no/2016/03/le-temoignage-dagnes-traitements.html

En violation de l’article 16 de l’ONU, les personnes présentant un handicap psychiques subissent des traitement dégradants qui bafouent  toute dignité humaine.

Voici mon témoignage :

J’ai été hospitalisée 2 fois dernièrement à l’hôpital psychiatrique relevant de mon département
En juin, il m’ont placée dans une chambre d’isolation et m’ont attachée pendant 2 jours. J’étais allée aux toilettes le dimanche à midi et j’ai été hospitalisée vers 17heures. Le lendemain toujours attachée, j’ai crié que j’avais envie de faire pipi. Ne voyant personne venir, j’ai fini à bout par uriner dans mon lit. Des infirmiers sont venus. Ils m’ont déshabillée de force et m’ont écarté les jambes pour me placer une couche pour incontinents. Ils m’ont arraché la veste de pyjama et essayé d’ôter mon soutien-gorge, le tout avec une violence inouïe.Aujourd’hui encore j’ai un profond sentiment de honte tant je  ressens cet acte comme un viol de mon intimité. En y pensant ma gorge se noue et mon estomac se serre.

La 2éme fois en septembre cette fois, j’ai été placée en chambre d’isolement. Elle était pourvue de toilettes verrouillées de l’extérieur ce qui vous contraint à aller uriner dans un seau hygiénique sous “l’œil bienveillant” d’une caméra de vidéo-surveillance. Enfermée ainsi pendant 3 jours et 4 nuits, vous perdez la notion jour et nuit. Quand, vous sortez enfin, vous voilà docile comme un mouton prêt à quémander ou presque les médicaments que ‘l’on vous a prescrits et que l’on vous donne à heure fixe 3 fois par jour.

Tels sont les méthodes chocs employées par l’hôpital psychiatrique de mon département pour mâter les plus récalcitrants… Comment conserver l’estime de soi et se réintégrer socialement quand on a subi de tels traitements et qu’on ne peut communiquer sur ce qu’on a vécu ?

Je vis dans le sud de la France, pays des droits de l’Homme qui a pour devise “Liberté, Égalité, Fraternité”. J’ai une reconnaissance de handicap à 80%.

Je veux que vous apportiez mon témoignage pour que cessent ces méthodes indignes pour l’être humain et indignes du XXIe siècle.

Je voudrais dire aussi que lorsque j’ai été attachée, ils ont serré si fort les liens de contention que j’étais dans l’incapacité de bouger et que même sans bouger, ma cheville a été entaillée.

J’ajouterai que dans ce même hôpital, on utilise des mesures vexatoires à l’encontre des patients; on leur ôte toute dignité en les contraignant à rester en pyjama devant les autres patients pendant au moins 5 jours, le plus souvent une semaine, voire plus. C’est le médecin qui décide de la levée de la contrainte.

Enfin, il faut savoir que dans notre pays, les malades psychiatriques internés relèvent du “juge des liberté et de la détention” qui est aussi le juge des prisonniers de droit commun, alors que la plupart d’entre nous, n’avons commis aucun délit. Au bout de 10 jours environ, vous êtes admis à comparaître devant lui. Comment se défendre quand assommée de médicaments, on a peine à avoir les idées claires, à aligner ces phrases à trouver ses mots ? En fait le but de cette audience est avant tout de démontrer que vous n’êtes pas coopérant avec les soins ce qui justifie la poursuite de votre internement dans l’établissement.

Je pourrais aussi parler des effets qu’ont eu sur moi les neuroleptiques. Lorsqu’on me les a administrés pour la première fois, j’étais revenue à la réalité après 3 jours de bouffée délirante aiguë. Depuis chaque fois que je les arrête ou qu’on les baisse trop brusquement  ou qu’on me prescrit un traitement inadapté, je rechute.

On me disait brillante et aujourd’hui, je ne suis plus que l’ombre de moi-même: j’ai perdu mon affect, tout sens critique toute capacité d’analyser, toute intelligence émotionnelle et mes facultés cognitives. Comme ce sont les émotions qui fixent la mémoire, je suis vide de souvenirs depuis 17 ans. J’ai de grands trous noirs concernant des événements que j’ai vécus ce qui est terriblement angoissant. J’ai perdu toute curiosité intellectuelle, tout intérêt pour les choses y compris pour le domaine pour lequel j’ai effectué des études universitaires. Je subis la vie sans la vivre vraiment. Je suis une morte-vivante. A certains moments j’ai même été zombifiée. C’est ainsi qu’on m’a imposée une contrainte de soins après ma sortie de l’hôpital (loi qui a été généralisée en France par Nicolas Sarkozy en  2011) : tous les 14 jours, on m’administrait une piqûre de 50 mg de risperdal constat et les infirmiers passaient tous les soirs à mon domicile pour me contraindre à prendre un comprimé de 4 mg de risperdal (rispéridone). Incapable de me concentrer et souffrant de terribles anxiétés, j’ai été contrainte de prendre un travail à mi-temps.

Vous pouvez publier mon témoignage. J’ose espérer qu’il va servir à mettre fin à certaines méthodes utilisée par la psychiatrie moderne. Je sais qu’un jour, des gens s’étonneront de l’emploi de méthodes si barbares et  que peut-être dans un proche avenir des individus, avec l’avancée des connaissances, traîneront en justice les médecins et les industries pharmaceutiques, responsables de leur état.

C’est paradoxal. Les “psychiatres” comme leur nom l’indique devraient soigner la psychée (l’âme). Or justement en tant qu’handicapés psychiques, nous ne sommes pas traités comme des êtres humains par certains personnels soignants et cela dans l’indifférence presque totale de la société qui cautionne de tels traitements dégradants qui vont pourtant à l’encontre de la Convention de l’ONU contre la torture et les traitements dégradants. : il y a les végétaux, les animaux, les malades mentaux et l’espèce humaine. Que s’imaginent-ils? Que parce que nous perdons la raison, nous perdons notre conscience, que nous n’avons pas d’âme et que notre ressenti est celui d’un animal ? En fait je pense qu’ils ne font pas ça non parce que nous constituons un danger pour eux et pour les patients mais parce qu’ils croient qu’en nous traitant comme ça, cela nous dissuadera d’arrêter les médicament. Qu’ils se détrompent! Nous les arrêterons encore et encore pour leur prouver le contraire et nous prouver aussi à nous-même que nous sommes des êtres humains.

J’en ai moi-même fait l’expérience : en 2013, j’ai été hospitalisée une nouvelle fois à l’hôpital psychiatrique, après avoir arrêté mes médicaments,. Je n’y ai pas subi de sévices et cette fois là, et je suis tombée sur une psychiatre humaine qui m’a bien expliqué qu’il fallait que je sois stabilisée pendant 4 ans avant de pouvoir essayer (avec l’aide d’un médecin) d’arrêter les neuroleptiques. Je n’ai  plus jamais arrêté mes médicaments. J’ai rechuté en 2015 (j’avais des comprimés à cette époque que je prenais toute seule) peut-être parce que mes doses étaient trop basses. A l’hôpital sous la pression de ma famille, le psychiatre a instauré une injection retard d’abilify et comme ce traitement est destiné aux personnes atteintes de schizophrénie, j’ai rechuté une 2e fois, un mois après.

Aujourd’hui, j’aimerais bien revenir aux comprimés et être considéré comme un être humain responsable. Les injections retard sont dégradantes..Elles ne permettent pas de nuancer et d’ajuster au plus près les médicaments. Sans compter que leurs effets à long terme ne sont pas connus. Que se passerait-il en cas de syndrome malin des neuroleptiques ? C’est une question que je me pose. Malheureusement les psychiatres abusent de ces injections les généralisent et les banalisent sans mesurer les effets qu’elles engendrent. Quant à moi, je n’ arrêterai plus mon traitement car avec ce que j’ai lu là-dessus, j’ai bien compris que les neuroleptiques ou antipsychotiques sont comme une drogue et doivent être arrêtés très progressivement pendant une longue période avec des paliers de stabilisation. Les arrêter brutalement c’est le meilleur moyen de basculer dans la folie. Il m’aura fallu 17 ans pour que je comprenne tout ça, alors que si on m’avait expliqué cela dès le début(ou presque) en me considérant comme un adulte à part entière, un malade comme les autres, doué de conscience et de raison,  je n’en serais sûrement pas à ma 10ème ou 11éme hospitalisation.

“Where Would I Be if I Didn’t Believe in Me?” – Corrine A. Taylor

Where Would I Be If I Didn’t Believe in Me

 

My name is Corrine A. Taylor, I just titled this piece, “Where would I be if I didn’t believe in me?” Every time I sit down to share an aspect of my story I do it from a place of my heart space wanting to share awareness in the world, knowing there was a period of my life where I knew nothing and only accepted what the psychiatrist and social workers told me. I was desperate to live a well life but didn’t know how. I have learned that I am not the only one and there are many more people just not knowing and accepting to be labeled and drugged. However, I have come to a place of awareness to know that this is just my story and everyone else’s story needs to be respected and validated as I choose to tell my own, knowing that each and everyone of us is worthy to live a well life. I am focusing on the aspect of my life of not being forced to take drugs and why I chose this title, “Where would I be if I didn’t believe in me?” for the Campaign to Support CRPD Absolute Prohibition of Commitment and Forced Treatment.

When I got to a place of awareness of what is happening with psychiatry and choosing to accept a mental illness diagnosis and label for so long, accepting drugs, dying slowly waiting for the cure to be better, to live the life I wanted, I decided, no more. I had been on a journey for peace in my mind body spirit since I was a child, but was interrupted by abandonment, physical, sexual and emotional abuse, along with poverty and poor education. When I said no more to the last psychiatrist I was seeing and she offered me more drugs, I had been involved with the recovery community and learned a lot of the history about mental health in our world. So I was informed and I had a choice. I choice to feel what I needed to feel, let go what I needed to let go, forgive others and myself, and to learn, relearn and learn each and every day. That meant I could no longer accept the mind numbing drugs that never allowed me to fully accept and let go the affects of trauma.

When I had that last session with the psychiatrist and she offered me more drugs, different drugs, I had to tell her no each time. I could still remember the look on her face. I could still remember the confidence in my being that I knew what I needed and what I was asking for and what I expected to get as my human rights. I could still remember the last session with the therapist I saw, giving me suggestions that I should still see her or come back to her soon, that I would need to come and dump on her all the things happening in my life instead of dealing with them. Talking to her and dumping them on her that meant, not facing the situations that I was dealing with outside of her office. That meant not connecting and disconnecting, not building relationships, and more than that, not trusting myself.

But I believed in myself that day. I believed in the journey that I have been living. I saw all the hard lessons things that I past through, learn and like sharing with others, the way that I learn from others. I had people who became friends who supported me and believed in me and helped to ease the burden of an oppressive existence of poverty and lacking. Gave me strength within the Bible stories I learned as a child of not giving up and persevering. I choose to share my story at www.theproject321.com it is the lessons I learned taking the time to take care of myself and learning the lessons from all of my experiences, especially the hard ones.

I am glad I believed in me. Working behind the scenes at a mental health clinic really helped, as I saw the psychiatrist and social workers have all there faults, insecurities, judgments, behavior issues, or really just being as human as I am. It made me strong to believe in myself. When they came at me with negative reports, I was able to stand up for myself. I saw them with all their human flaws, but deserving dignity and respect and I knew that I deserve the same and so does everyone else. If that last psychiatrist with the look on her face that she new what was best for me, had decided to call the cops and lock me up, forced the drugs on me that she was offering me, where would I be today. I have been working to live for the last five years, connecting with my children and supporting them emotionally. Made friends and allies in the community, and living my life included in society, not on the couch drugged, overdosed, dying slowly accepting a diagnosis, and label. I ask again, “Where would I be if I didn’t believe in me?” I know where I ended up when I didn’t believe in me, accepting one mental illness diagnosis one after the other, one drug after the other, and not living up to my full potential as a human being. That is all that I want. Feel I deserve and so does each and everyone of us.

Don Weitz: Fight to be Free

Fight To Be Free: Abolish Involuntary Commitment and Forced Psychiatric Treatment – A Submission to Committee on Rights for Persons with Disabilities/CRPD 

by Don Weitz

Over 60 years ago, I was labeled “schizophrenic”, locked up and forcibly drugged 110 times with subcoma insulin shock in Mclean Hospital, a psychoprison (psychiatric hospital) near Boston, affiliated with Harvard Medical School and Massachusetts General Hospital. Because I was going through an existential identity crisis – psuychiatrized as “mental illness” & “schizophrenia” – struggling to find out what I wanted to do or be with my life in college, my family colluded with the psychiatrists to “treat” and involuntarily committed me, locked me up without my consent. For 15 months, I lived on an all-male ward with 15- 20 other patients, some brain-damaged by electroshock and lobotomy, others intimidated and traumatized by “safe and effective” psychiatric drugs, all of us suffered the degradation and humiliation of being incarcerated, having our daily institutional lives totally controlled by shrinks. After I was “discharged” in 1953, I suffered frequent anxiety or panic attacks for the next few years while studying psychology in university and seeing other psychiatrists. At that time, patients had no legal or civil rights, including no right to appeal involuntary committal, I had no right to appeal or refuse insulin shock or any unwanted psychiatric treatment. I know something about what it feels like to be treated like a prisoner, what it’s like to lose your freedom without a hearing or trial – preventive detention which is what involuntary committal really is. I know what it’s like to be tortured in the coercive and inhumane psychiatric system where human rights are sanitized as ”privileges”. Violations of our human rights in the 1950s are still violated today. Human rights in psychiatry are a sham. (1).

Involuntary Committal

Involuntary committal is a legal atrocity that must be abolished. It’s a very common and widespread legal psychiatric procedure enforced by psychiatrists, judges and police in virtually every country where psychiatry is legitimized by oppressive mental health laws and promoted by psychiatrically-biased government officials and the corporate media – the psychiatric police state. Involuntary committal laws authorize the incarceration or imprisonment of people in all psychiatric facilities and mental health centres, not just for days but also for weeks, months or years – particularly under the Ontario government’s “certificates of renewal.” (2,3) To be clear, involuntary committal is loss of freedom without a public hearing or trial and without charge of any civil or criminal offence. Although legal and enforced by many states and provinces, involuntary committal is actually preventive detention which is strictly prohibited under international human rights law; virtually all provincial and state mental health laws violate our human rights and international law, yet there’s little or no awareness, discussion and resistance re this grim fact.

In Ontario, the criteria for depriving a citizen of freedom are so ill-defined, vague and broad they can apply to virtually any person. Involuntary committal qualifies as a blatant violation of human rights or “patients’ rights” which are never mentioned in mental health legislation. Consider this wording of “involuntary admission” and initial 72-hour psychiatric assessment in Ontario’s Mental Health Act:

“Conditions for involuntary admission –

(a) that the patient is suffering from a mental disorder of a nature or quality that likely will result in,

(i) serious bodily harm to the patient,

(ii) serious bodily harm to another person, or

(iii) serious physical impairment of the patient,

or [will result] in substantial mental or physical deterioration

unless the patient remains in the custody of  a psychiatric facility;…” (4)

Under the Act’s definitions, “mental disorder means any disease or disability of the mind.” This definition is a legal fiction, it’s nonsensical, illogical and unscientific; as an abstraction or theoretical construct the mind, as Szasz has pointed out, can not be diseased or disabled, only the body can be diseased. Further, this key definition obviously supports psychiatry’s unscientific and discredited biomedical medical of “mental illness” which is entrenched in all editions of the equally discredited Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders (DSM), psychiatry’s bible of bogus and stigmatizing diagnostic labels. Further, the phrase “substantial mental or physical or deterioration” is dangerously imprecise and subjective, it allows any physician to lock up and label innocent citizens simply by signing certificates such as “Form 1” which authorizes an initial 72 hour period of observation and assessment”, frequently followed by “Form 2” which authorizes 2 weeks of  involuntary commitment followed by “Form 3 which authorizes an additional 30 days and longer periods under a “certificate of renewal.” Also, the key term “ likely will result” is extremely misleading and problematic since it is common knowledge that psychiatrists can not validly and reliably predict harm, dangerousness or violence.

Forced Treatment

It’s bad enough that psychiatrists have so much power and that so many are incompetent while depriving thousands, if not millions of innocent people of freedom every day; however, they also have the power to forcibly treat or assault us – in the name of “mental health” of course. Although “informed consent” is a key medical-ethical concept and principle in medicine and has been since the historic Nuremberg Code of 1947, it’s frequently violated in psychiatry and the mental health system, another sham. Why7 Because psychiatrists and other physicians routinely ignore or violate its basic criteria. Consider these fundamental requirements of consent and informed consent   to treatmeent clearly and concisely spelled out in Ontario’s Health Care Consent Act:

Elements of Consent

The following are the elements required for consent to treatment:

1.The consent must relate to treatment.

2.The consent must be informed.

3.The consent must be given voluntarily.

  1. The consent must not be given through misrepresentation or fraud.

Informed consent

1.The nature of the treatment.

2.The expected benefits of the treatment.

3.The material risks of the treatment.

4.The material side effects of the treatment.

5.Alternative courses of action.

6.The likely consequences of not having the treatment. (5)

Although some psychiatric survivors may have consented to psychiatric drugs (“medication”) and/or electroshock (“ECT”), virtually none has been fully informed of their major risks and alternatives. For many, such consent has been given involuntarily-by threat, staff pressure, intimidation, physical restraint or force. During the public hearings on electroshock in Toronto in April 2005, not one survivor recalled being informed about the major effects of  “ECT” such as permanent memory loss, brain damage, and trauma; non-medical or community alternatives were never mentioned. Similar consent violations were recalled during survivor testimony on psychiatric drugs (”medication”). In other words, informed consent to psychiatric treatment is a myth, virtually nonexistent, particularly in psychiatric facilities. (6)  Given many studies, common knowledge and personal testimony of violations of informed consent to treatment, we are talking about forced treatment, psychiatric assault. Psychiatrists and other doctors who fail to fully inform patients about any prescribed treatments and risks should be criminally charged with medical negligence and assault. At the same time, all psychiatric patients should be given basic and accurate information, written or in alternate formats they can easily access and understand, on informed consent; they should also be given opportunities to discuss any questions about informed consent, including the right to refuse any treatment, with a patient advocate or lawyer, and translator if requested.

Its time to start criminalizing and launching class-action lawsuits against forced psychiatric treatments and involuntary committal; it’s time to stop sanitizing these serious human rights violations and psychiatric crimes as “treatments.”

Enough talk. How about some real action for a change? It’s our freedom and lives that are at stake!

 

Notes

  1. D. Weitz. “Struggling Against Psychiatry’s Human Rights Violations: An Antipsychiatry Perspective”. Radical Psychology [online] vol.7, 2008, http://www.radicalpsychology.org/vol7-1/weitz2008.html.

For other major critiques of psychiatry, also see, T. Szasz. Psychiatry: The Science of Lies. Syracuse University Press, 2008; P. Breggin, Brain-Disabling Treatments in Psychiatry, NY:Springer Publishing Company, 2008; B. Burstow, Psychiatry and the Business of Madness: An Ethical and Epistemological Accounting, Palgrave Macmillan, 2015.

  1. D.Hiltz and A. Szigeti. A Guide to Consent & Capacity Law in Ontario. LexisNexis Canada Inc., 2006/2007.
  1. H. Savage and C. McKague. Mental Health Law in Canada. Toronto: Butterworths, 1988.
  1. Mental Health Act. R.S.O. 1990 S.20 (5).  In Hiltz & Szigeti, p.295.
  1. Hiltz & Szigeti, p, 182.
  1. Coalition Against Psychiatric Assault. Inquiry Into Psychiatry, 2005. https://coalitionagainstpsychiatricassault.wordpress.com/events/past-events/inquiry-into-psychiatry-2005/

***

Don Weitz is a psychiatric survivor, antipsychiatry and social justice activist.

In the early 1950s, he was forcibly administered 110 insulin shocks while involuntarily committed and incarcerated for 15 months in Mclean Hospital. For over 30 years, he has been active in the antipsychiatry liberation movement. In 1977, he co-founded with Harvey “Alf” Jackson and Bob Carson the Ontario Mental Patients Association that soon changed its name to On Our Own. In 1980 with shock survivor and lawyer Carla McKague, he co-founded Phoenix Rising, the first survivor-controlled antipsychiatry magazine in Canada. A few years later in 1983, he was one of the founding members of the Ontario Committee to Stop Electroshock which was the first organization to organize public hearings on electroshock and lobbied the Toronto Board of Health and Ontario government to abolish “ECT” and has participated in nonviolent civil disobedience in Canada and the United States. In 2003 with Dr. Bonnie Burstow, Don co-founded the Coalition Against Psychiatric Assault (CAPA) which organized public hearings on psychiatric drugs and electroshock in 2005; CAPA has also organized several public rallies and demonstrations against shock including a Toronto protest as part of the International Day of Protest Against Electroshock on May 16, 2015. Since the late 1990s, Don has also been an outspoken critic of homelessness and advocate for affordable housing as a member of the Ontario Coalition Against Poverty. He lives in Toronto.

 

 

 

 

 

 

Contribution to the Campaign to Support the CRPD Absolute Prohibition of Commitment and Forced Treatment: María Teresa Fernández Vázquez (Mexico)

an English summary of the Spanish original posted at https://absoluteprohibition.wordpress.com/2016/03/18/aporte-a-la-campana-por-la-prohibicion-absoluta-en-la-cdpd-de-los-tratamientos-forzosos-y-los-internamientos-involuntarios-maria-teresa-fernandez-mexico/ and at https://sodisperu.org/2016/03/14/aporte-a-la-campana-por-la-prohibicion-absoluta-en-la-cdpd-de-los-tratamientos-forzosos-y-los-internamientos-involuntarios/

In this text I try to argue my support for the Campaign from three different approaches. First, from a humanistic and social perspective that sees the human person as a unique and irreducible being, whose “inexhaustible potential of existence” [1] unfolds and may unfold in infinite ways and expressions, all of which are equally valuable and precious. For centuries, however, persons with disabilities in general, and persons with psychosocial disabilities in particular, have been put down and aside, and their expressions rarely acknowledged or approved by the vast majority. Either through ignorance, fear, negligence, lust for power and control, etc., both governments and societies have been ready to repress human conducts that do not fit the socially construed parameters already embedded in unquestioned norms, habits, symbols and cultural stereotypes. So that the status quo is maintained. We should consider any attempt at repression of human expression as a form of social and political oppression that should not be tolerated. Instead, societies should open themselves to human diversity, and build with all those who are different a permanent dialogue; create – hand in hand with them – new forms of social interaction and coexistence that enrich us all. To this I bet.

Secondly, I talk from my personal experience as the sister of a man who in his adolescence was diagnosed with epilepsy and later in his life became an alcoholic. My brother was confined to health centers, “farms” and psychiatric hospitals on the recommendation of his treating physicians. I can testify the increasing deterioration suffered by my brother after each placement, which culminated with his painful and early death. His commitments were absolutely intolerable and ominous: for him, for us as his family, and for us all. I deeply regret that we did not have access to the information, advice, proper support or the services that would have allowed my brother to live his life differently, according to his needs and potential; humanly, in short. The worst of it all is that today – forty years later – things have not changed much. There is still the same lack of such: information, advice, proper support and services. People with psychosocial disabilities keep on being ill-treated and committed, even against their will; even if there is proved evidence that such treatments do not work, but, on the contrary, they do profound and irreversible harm. Both: governments (through laws, policies and lack of political will), health professionals and society as a whole continue to condemn persons with psychosocial disabilities to oblivion and to death, and do it with absolute impunity. This too is unacceptable and has to be changed. The UN Convention on the rights of persons with disabilities tells us how.

The third perspective I support the Campaign from is that of the UN Convention on the Rights of Persons with Disabilities, being myself a person with a physical disability and thus actively involved in its process. Complying with the Convention means respecting the dignity and individual autonomy of all persons with disabilities, as well as respecting their right to equality and non discrimination, to personal liberty and security. As the CRPD Committee declares: “forced treatment by psychiatric and other health and medical professionals is a violation of the right to equal recognition before the law (art. 5) and an infringement of the rights to personal integrity (art. 17); freedom from torture (art. 15); and freedom from violence, exploitation and abuse (art. 16). This practice denies the legal capacity of a person to choose medical treatment and is therefore a violation of article 12 of the Convention” (Par. 42).[2] The Committee also states that the segregation of persons with disabilities in institutions violates a number of the rights guaranteed under the Convention (Par. 46).

It is absolutely unacceptable, under the Convention, not to respect the dignity of persons with psychosocial disabilities, or to subject them to scrutiny and rude, authoritative assessments. Nor is admissible for anyone to attribute himself the faculty to decide in his opinion what best suits them, or to hold them in places where they loose everything: their autonomy, their freedom, and even their dignity. Places where they remain – subjected and powerless – under the absolute control of other persons’ will – never their own – and their integrity is lacerated. As the CRPD Committee clearly declares, such practices are in frank violation of the UN Convention on the rights of persons with disabilities and must be eradicated.

Instead, States Parties to the Convention – as well as the whole of societies – should fulfill their moral and legal obligation to eradicate all existing barriers and take all the necessary measures to guarantee that people with psychosocial disabilities enjoy each and every of their fundamental rights and are included as active and irreplaceable parts of society on an equal basis with others.

 

[1] Boff, Leonardo. Tiempo de la trascendencia, el ser humano como un proyecto infinito, Santander, Sal Terrae, Brasil, 2000.

[2] Committee on the Rights of Persons with Disabilities, General Comment No. 1 on Article 12 (2014).

Aporte a la Campaña por la “Prohibición Absoluta en la CDPD de los Tratamientos Forzosos y los Internamientos Involuntarios”: María Teresa Fernández (México)

https://sodisperu.org/2016/03/14/aporte-a-la-campana-por-la-prohibicion-absoluta-en-la-cdpd-de-los-tratamientos-forzosos-y-los-internamientos-involuntarios/

La institucionalización de personas con discapacidad es una declaración de incompetencia de las autoridades gubernamentales y de las sociedades frente al fenómeno que representa la existencia humana. Una declaración de soberbia supina y de falta de voluntad; también, de indolencia, y también, de impunidad. Nos atribuimos la facultad de decidir si una a una de estas personas debe vivir, y cómo; o debe morir – y literalmente – encerrada entre muros estrechos e indiferentes, atada a una cama, un catre, un poste; sometida a un medicamento o a un cierto trato, el que nos venga a bien dispensarle; reducida y frustrada en sus posibilidades y sueños, sin más compañía que su propia intimidad diferente y asustada. Y nos creemos juiciosos, protectores, responsables – éticos. Nos decimos humanos y nos damos baños de pureza. Mejor sería hacerlo en el Ganges.

Mi hermano fue diagnosticado con epilepsia cuando entró en la adolescencia. Se hizo alcohólico después. Me llevaba 18 años. Fue internado varias veces en distintos centros, hospitales y “granjas”. Cada vez que salía – de más en más aminorado – había perdido algo nuevo: el brillo de sus ojos, su sonrisa franca y espontánea, alguna más de sus ganas de vivir.

Y sin embargo seguimos. Seguimos sin prestar atención a lo que filósofos, teólogos, humanistas, han venido repitiendo a lo largo de la historia: el ser humano – como sus expresiones y manifestaciones – es único e irreductible, como inagotable es su potencial de existencia. Nuestra pequeñez y cortedad de miras – aunadas a nuestras ansias de “normalidad”, de resultados y de eficacia; de absurdos absurdos, pues – no alcanza, siquiera, a preguntarse lo que esas cualidades de “único” y de “irreductible”, en relación con la persona humana, puedan significar.

Si no, ¿por qué, a pesar de los tantos “avances”:  científicos, tecnológicos, garantistas de derechos, seguimos sin ser capaces de aceptar que el ser humano tiene una existencia “condenada a abrir caminos siempre nuevos y siempre sorprendentes”[1]?, ¿por qué no nos permitimos el diálogo posible – y promisorio – con las diversas percepciones y expresiones humanas de la realidad?

Cuando un niño es inquieto, o “de más” ; o un adolescente, desinteresado, o su respuesta es glacial; cuando una mujer rompe en llanto, o monta en cólera, ante – decimos – “la menor provocación”, no tardamos en enjuiciar su conducta, y diagnosticarla, y patologizarla; no sólo su conducta, su ser por entero. Son pocos y cortos los pasos para transitar del juicio al diagnóstico y de ahí a la etiqueta – que lo será, ya para siempre, incuestionable e inamovible; y luego, a la medicalización, y al mismo tiempo, o poco después, al encierro. Y en este apresurado camino nos hemos olvidado:  de él, de ella, de la persona humana que ahí vivía.  Ya hemos llegado – y con plena conciencia – al umbral. Es la muerte. Una muerte que  – pareciera que confiamos – todo lo resolverá; o por lo menos, hemos logrado que así pensando y haciendo todo se resuelva, al menos, para nosotros. La impunidad.

Cada vez que mi hermano salía de uno de esos encierros nos decía que no quería más: que se lo llevaran, que lo encerraran, que lo amarraran, que lo durmieran, que le aplicaran electro shocks. Que lo mal trataran, que lo desnudaran, que lo despojaran, hasta de su dignidad. Era intolerable. Era ominoso. Yo era muy joven. Hoy tengo 64 años. Hace 40 que mi hermano murió en uno cualquiera de esos hospitales. Sigue vivo en mí.

Estos años me han servido para aprender que a quien le importa lo humano, se propone indagar lo que hay ahí adentro de ese otro, también humano. Descubrir su razón, su interés, su necesidad, su intención, su propuesta, su expresión – diferentes. Y vestir su piel. Y estar dispuesto a moverse y a tender puentes – y cruzar esos puentes.

Por eso me pareció extraordinario que el proceso de negociación de lo que llegaría a ser la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad (CDPD, 2006),[2] hubiera asumido ese reto:  abrir sus puertas – y poner oídos atentos – a lo que las propias personas con discapacidad psicosocial tenían que decir sobre ellas mismas: que son seres humanos, iguales, íntegros e integrales, redondos; formados e  informados; presentes, pensantes, sintientes, activos y comprometidos; con las mismas necesidades y búsquedas de cualquier otro ser humano – y con los mismos derechos y obligaciones; y aún así, cada una y cada uno, con maneras y expresiones distintas, únicas, propias, privadas: las suyas. Como usted, apreciable lector; como yo también, y como todas y todos. Y tan así, que la intervención de estas personas con discapacidad en las negociaciones para la Convención conmocionó – impactó –, y fue capaz de crear posibilidades nunca antes vislumbradas, para ellas, para las y los demás: Un camino al diálogo real con la diversidad.  El inicio de un movimiento franco hacia la aprehensión – y la inclusión – de formas variadas de ser y estar en el mundo. Para desde ahí, aprender. Y desde ahí, convivir. Desde ahí, transformarse y transformar.

Hasta entonces, no había pasado todavía que alguien defendiera públicamente, y con tanta fuerza y claridad, que no es posible vivir ignorando o aniquilando a seres humanos, y por el simple hecho de no ser capaces – nosotros – de inteligir sus maneras; o porque molesta que griten fuerte y disonante cuando el mundo les duele; o porque amenazan los referentes de los útiles y cómodos statu quo.

Las personas con discapacidad psicosocial desmantelaron  – en y con la Convención – uno a uno de los mitos que nos hemos fabricado sobre ellas: su indefensión, su fragilidad, su “peligrosidad”; su incapacidad: de tomar decisiones, de asumir obligaciones y responsabilidades; de vivir en este mundo y atreverse a cuestionarlo; de aportar, de enriquecer-nos.  No es gratuito, entonces, que – en y desde la Convención –, no quepa más hacer distingos sobre ellas. O no, si para atentar en contra de su dignidad, o para propiciar que se vulneren sus derechos; tampoco para someterlas a escrutinios y valoraciones groseras, autoritarias y sin fundamento, o al menos, moral. O para que alguien pueda atribuirse la facultad de poder decidir a su juicio lo que mejor les conviene, o de recluirlas en instancias en las que todo lo pierdan, incluso su autonomía y su libertad; incluso su dignidad.  Lugares donde queden – sometidas e impotentes – bajo el control absoluto de otra u otras voluntades – nunca la suya – y se lacere su integridad. ¿Qué razón – y qué derecho – le asiste: al Estado, a los profesionales de la salud, a las familias, a la sociedad en general, para permitirse un acto semejante?, me pregunto y se lo pregunto, sí, a usted, apreciable lector o lectora.

Todas las personas con discapacidad han sido reconocidas por la Convención con la misma dignidad y derechos que el resto de las personas.  Derechos de las personas con discapacidad – “incluidas aquellas que necesitan un apoyo más intenso” (Preámbulo CDPD, inciso j)) – son que se respete su dignidad y su valor; que se respete y aprecie su diferencia, tanto como su autonomía, su independencia y su libertad para tomar sus propias decisiones  – incluso, cuando estas decisiones puedan no coincidir con las nuestras, o nuestras opiniones y creencias – o nuestra voluntad; o nuestros intereses. Es también un derecho de todas las personas con discapacidad –reconocido por la Convención– que se les proporcionen los apoyos que ellas estimen necesitar para tomar sus propias decisiones (Artículo 12.3 CDPD), incluida la de dónde y con quién vivir, y sin que se vean obligadas a vivir con arreglo a un sistema de vida específico (Artículo 19. a)CDPD). También es derecho de ellas disponer de los servicios de apoyo que faciliten su existencia y su inclusión en la comunidad y eviten que se les separe o aísle de ésta (artículo 19. b) CDPD).

El Comité de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD), en su Observación General No.1,[3] ha abundado sobre el alcance del derecho de las personas con discapacidad a tomar sus propias decisiones y que éstas sean respetadas: “en todo momento, incluso en situaciones de crisis, deben respetarse la autonomía individual y la capacidad de las personas con discapacidad de adoptar decisiones,” (O.G.No.1 CRPD, Párr.18). También ha afirmado que entre estas decisiones se incluyen aquellas “decisiones fundamentales con respecto a su salud” (O.G.No.1 CRPD, Párr. 8); y más específicamente, el Comité ha reconocido el derecho de las personas con discapacidad a no ser internadas contra su voluntad en una institución de salud mental y a no ser obligadas a someterse a un tratamiento de salud mental (Artículo 14 CDPD) (O.G.No.1 CRPD, Párr. 31). También el Comité CRPD ha dejado en claro que todas las formas de apoyo en la toma de decisiones que las personas con discapacidad opten por recibir, “incluidas las formas más intensas, deben estar basadas en la voluntad y las preferencias de la persona, no en lo que se suponga que es su interés superior objetivo.” (O.G.No.1 CRPD, Párr. 29, Inciso b)).

Lamento profundamente que nada de esto fuera del dominio público cuando yo era niña. Cuando mi madre, al no disponer de los recursos necesarios: información, asesoramiento, apoyos y servicios – porque no existían, o eran inaccesibles – no encontró mejor opción para él, para ella y para mí, que poner a mi hermano a disposición de los médicos. Ella creyendo que sabían lo que era debido hacer; ellos alegando saberlo, a pesar de que un número incontable de historias – entre las que después se contaría también la de mi hermano – testimoniaban fehacientemente lo contrario.

Gracias a mi involucramiento con los procesos sobre la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, he aprendido que es éticamente insostenible pretender – usted, yo, los gobiernos y las sociedades – seguir ignorando las incuestionables e infinitas realidades y posibilidades humanas. Que es inadmisible seguir apelando a maneras arcaicas y lugares comunes para enmascarar nuestra incapacidad de derribar barreras, estigmas y prejuicios, o nuestra falta – evidente – de voluntad. Como la que reconoce el valor de otras existencias y mantiene con ellas interacciones fecundas; la que incursiona en nuevas formas de acercamiento a las situaciones y de brindar atención y cuidados.

Hace 40 años no existían los servicios y los apoyos que habrían llevado la historia de mi hermano por otros caminos, hoy lo sabemos, menos crueles y fatales; que habrían permitido que él – con la debida asistencia – encontrara sus propias respuestas.  Al día de hoy, esos servicios y esos apoyos siguen sin estar disponibles, o aquí, en mi país. A saber a cuántas más vidas les han hecho falta también para crearse y recrearse a sí mismas; a cuántas personas más su inexistencia las sigue condenando al olvido – o a la muerte. De las grandes claves para el cambio, y algo tan sencillo y a la vez tan crucial para producirlo, hoy sigue sin ser habitado; sin siquiera ser explorado; o aquí, en mi país. Esto también es inaceptable.

Es por todo eso que yo me pronuncio – y decididamente – por la “Prohibición Absoluta en la CDPD de los Tratamientos Forzosos y los Internamientos Involuntarios”. 

Porque, en resumen, considero que estas prácticas:

  • Son reductivas de la persona humana y de la situación existencial que experimenta;
  • Van contra la dignidad, la autonomía y la libertad de las personas con discapacidad (Art. 3 CDPD);
  • “Medicalizan” problemas que son de índole social, en los que intervienen otros elementos contextuales: familiares, sociales, e incluso políticos, que entonces son ignorados, desatendidos y perpetuados; incluso, profundizados;
  • Son invasivas, autoritarias y jerárquicas, al aplicarse a las personas aún en contra de su voluntad;
  • Son cuestionables en sus fines, en sus efectos y consecuencias – muchas irreversibles y fatales –, y en su efectividad.
  • Refuerzan los estigmas y prejuicios sociales sobre las personas con discapacidad psicosocial, al utilizar categorías diagnósticas que – además de cuestionables – encasillan arbitraria y vitaliciamente a las personas, haciéndolas vulnerables a la exclusión, a la discriminación y a la muerte – la social, la biológica;
  • Son violatorias de derechos inalienables de las personas con discapacidad como, entre otros, el derecho a no ser privadas de su libertad por motivo de discapacidad (Art. 14 CDPD); el derecho a otorgar su consentimiento libre e informado sobre los tratamientos médicos que se le propongan (Art. 25. Inciso d)); el derecho a la integridad física y moral (Art. 16); el derecho a vivir de manera autónoma e independiente en la comunidad y a ser incluida como parte activa y necesaria de ella (Art.19 CDPD).

Con mi pronunciamiento en apoyo a la “Prohibición Absoluta” quiero honrar la memoria de mi hermano, sí; pero también porque yo misma soy persona con discapacidad, en mi caso motriz, y sé lo que es y significa ser discriminada y excluida por tener una discapacidad. Pero, además, porque si bien he logrado evitar ser diagnosticada o etiquetada como persona con discapacidad psicosocial, yo también encuentro muy difícil lidiar con los tantos absurdos de nuestro mundo, y acomodarme, y cada vez, en alguna de sus escasas y limitadas formas permitidas de ser y de estar en él.

Y porque sueño.  Sueño con una humanidad polifónica y multiforme; lo suficientemente abierta, crítica y dialogante para permitirse tender hacia la otredad, en lugar de ignorarla, repudiarla o temerle; una humanidad que sabe vivir junto al otro y crear –con él–  realidades e intercambios nuevos, permeables, interdependientes, nutricios. Sueño mujeres y hombres convencidos de que toda y cualquier expresión humana – por ajena o chocante que nos resulte o parezca – no puede, al final, sino complementarnos, fortalecernos, enriquecernos.

Y porque sé que tarde o temprano así se habrá demostrado.


[1] Boff, Leonardo. Tiempo de la trascendencia, el ser humano como un proyecto infinito, Santander, Sal Terrae, Brasil, 2000.
[2] ONU, Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, Resolución A/RES/61/106, Sexagésimo primer período de sesiones, Asamblea General, Naciones Unidas, del 13 de diciembre de 2006. Entró en vigor el 3 de mayo de 2008. Disponible en: http://www.un.org/disabilities/documents/convention/convoptprot-s.pdf
[3] ONU, Observación General No.1 (2014) sobre el Artículo 12: Igual reconocimiento como persona ante la ley, Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, 11º período de sesiones. ONU Doc. CRPD/C/GC/1, del 19 de mayo de 2014.

Pueden leer más de la Campaña #ProhibiciónAbsolutaen: https://absoluteprohibition.wordpress.com/ 

Post on psychiatric torture by Initially NO

Initially NO has brought together art, graphics, narrative, essay, and articles of the CRPD containing rights that were denied to her, in a beautiful and moving composition asserting a claim for justice.  Since the art and graphics are integral to her work and I cannot reproduce the layout here, I am sharing her introduction and a few samples of the art work and urge you to visit the original for the full effect.

of our human rights

Rights denied me, again and again over a 14 year period (1998-2012) brings back such feelings that make me not wish to attempt to talk about this again. It hurts so much, it was so painful, it upsets me to remember, but it upsets me even more knowing that over 5700 people are subjected to such horror, every year in the state of Victoria, Australia, people who actively say no I don’t want this, very clearly and are then put on Community Treatment Orders, and tortured with forced injections, electricity, and verbally abusive appointments, that must be met, or they’ll be put into arbitrary detention again. It hurts me that the people who say no they do not wish to take psychiatric prescriptions are then subjected to the system longer.

When you refuse to be injected they do this. One ambulance man said to me he was just a small cog in a big wheel. That’s the symbolism here and the bombs in the body profiteering, Otherwise, that many hands on a small young lady, as I was, as strip her and stick her.

This is what happens when you’re given threats of worse treatments such as electro-shock and detention if you do not turn up to a fornightly ‘depo’ injection. I had to pretend to be happy with this senario to a point. (I’ve cut out the true-feeling related swear words here to fit with #UN CRPD Absolute prohibition.)

Article 15 – Freedom from torture or cruel, inhuman or degrading treatment or punishment

1. No one shall be subjected to torture or to cruel, inhuman or degrading treatment or punishment. In particular, no one shall be subjected without his or her free consent to medical or scientific experimentation.